FRANCESCHELLI, JOSE MARIA -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL FRANCESCHELLI, JOSE MARIA s/ APELACION RESOLUCION DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y ETICA PROFESIONALES DE LA INGENIERIA 1̊ CIRCUNSCRIPCION DE LA PROVINCIA DE SANTA FE QUE IMPONE SANCION DE SUSPENSION DE LA MATRICULA- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Caja de Previsión de los Profesionales de la Ingeniería contra una resolución que declaró la prescripción de la acción sancionatoria, anulándola por defectos de fundamentación y remitiendo el expediente para un nuevo pronunciamiento. El tribunal encontró incumplimientos en la motivación del fallo y errores en el cómputo del plazo de prescripción, garantizando así el derecho a la jurisdicción.
- Quién demanda: Caja de Previsión de los Profesionales de la Ingeniería de Santa Fe
¿A quién se demanda?
Tribunal Pluripersonal del Colegio de Jueces en lo Penal de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad de la resolución que declaró la prescripción de la acción sancionatoria y se revoque, por considerar que la decisión adolece de defectos de fundamentación y errores en el proceso.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró la inadmisibilidad del recurso en primera instancia y, posteriormente, admitió el recurso de inconstitucionalidad, anulando la sentencia que declaró la prescripción y remitiendo las actuaciones para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte identificó que el fallo impugnado aplicó directamente normas del derecho penal, sin considerar que el proceso sancionatorio es de naturaleza disciplinaria profesional, y que ello requería una fundamentación específica. Se evidenció que el tribunal incurrió en omisiones y errores en el cómputo del plazo de prescripción, así como en la valoración de las constancias de la causa, afectando la garantía del debido proceso. Se resaltó que el fallo no precisó fechas claves del inicio del plazo de prescripción ni explicó adecuadamente las causas de suspensión, lo que viola el estándar constitucional de motivación. La Corte consideró que la resolución no abordó de manera suficiente las constancias del expediente ni justificó la decisión, constituyendo una finalidad arbitraria y violatoria del derecho a la defensa y al acceso a la justicia.
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