ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL NACION (APOC) c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe declaró su incompetencia para entender en el recurso presentado por APOC contra la Provincia, remitiendo la causa al juez laboral competente, argumentando que la materia es ajena a su jurisdicción administrativa y corresponde a la jurisdicción laboral.
- Quién demanda: Asociación del Personal de los Organismos de Control Nación (APOC)
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad de las resoluciones 101/20 y 145/20 del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y que se le permita ejercer su derecho sindical, participando en las ámbitos negociales con voz y voto.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de lo Contencioso Administrativo declaró su incompetencia para entender en la causa y remitió el expediente al juez de primera instancia en lo laboral de Santa Fe.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El pretender que la demandada no impida u obstaculice el ejercicio de sus derechos sindicales, se invoca la ley 23.551, materia que resulta ajena a la jurisdicción administrativa y corresponde a la jurisdicción laboral, conforme a los artículos 47 y 63 de dicha ley y la ley provincial 10.160 (artículo 76, inciso 2). La competencia de esta Cámara no abarca controversias sobre derechos sindicales, por lo que corresponde remitir la causa al juez laboral." Asimismo, se aclaró que no hubo pronunciamiento expreso de la Corte sobre la competencia, y que la materia de fondo (ejercicio sindical y derechos laborales) no es de competencia de la jurisdicción administrativa.
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