R., O. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL R. O. Y OTROS s/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja contra la confirmación de la condena por abuso sexual agravado, argumentando que los agravios de la defensa son reiteraciones de planteos anteriores y no constituyen vulneraciones constitucionales que justifiquen la intervención.
Actor: La defensa técnica de O. R. Demandado: La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe Objeto: La aceptación del recurso de inconstitucionalidad contra el acuerdo 514 de 2021, que confirmó la condena y pena de 12 años de prisión por abuso sexual agravado. Decisión: La Corte rechazó la queja por considerarla una reiteración de agravios ya tratados en la instancia de apelación ordinaria, sin demostrar la existencia de vulneraciones constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La corte explicó que los reproches de arbitrariedad planteados por la defensa consisten en reiteraciones de alegatos ya abordados en la instancia de apelación, en los que se cuestiona la valoración de la prueba, la valoración de los testimonios y la valoración de informes periciales y psicológicos. La Cámara de apelaciones confirmó la valoración integral del material probatorio, resaltando la coherencia, persistencia y espontaneidad del relato de la víctima, además de la valoración de las pruebas médicas y periciales. La corte indicó que los planteos relativos a la valoración de la prueba, la valoración de declaraciones y la supuesta afectación del derecho de defensa no logran demostrar un vicio constitucional que justifique la revisión de la sentencia, y que la intervención de esta corte en revisión de hechos y valoración probatoria es inadmisible. Asimismo, la corte señala que los planteos en torno a la entrevista en "Cámara Gesell" y la valoración de declaraciones en la instancia de apelación ya fueron abordados y desestimados, sin que exista una vulneración constitucional que amerite la intervención extraordinaria. La corte concluye que los agravios se reducen a discrepancias con la fundamentación de la sentencia, sin sustento en una vulneración constitucional, por lo que corresponde rechazar la queja.
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