MEZA, MAURICIO HERNAN s/ AMENAZAS COACTIVAS CALIFICADAS POR EL PROPOSITO DE COMPELER A UNA PERSONA A QUE ABANDONE SU LUGAR DE RESIDENCIA HABITUAL Y ABUSO DE ARMAS
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la condena por amenazas coactivas agravadas con arma, modificando la calificación legal y reduciendo la pena a cinco años de prisión. La decisión se fundamentó en la materialización del mal anunciado y la relación entre los hechos.
Actor: Fiscalía del Ministerio Público de la Acusación (MPA). Demandado: Mauricio Hernán Meza. Objeto: Revisión de la sentencia condenatoria, específicamente en la calificación jurídica y la pena impuesta. Decisión: La Cámara confirmó la condena, modificando la calificación legal a amenazas coactivas agravadas por empleo de arma en concurso ideal y ajustando la pena a cinco años de prisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala consideró que la conducta de Meza integró un evento único donde la amenaza y el uso de armas se relacionaron en una misma finalidad, por lo que no cabía distinguir entre amenazas y disparos en momentos diferentes. La materialización del mal anunciado, con disparos contra una vivienda, ratificó la gravedad de la conducta. Los testimonios de Benítez y Fernández acreditaron que Meza expresó amenazas dirigidas a que se fueran del barrio, y posteriormente hubo disparos con arma de fuego. La sentencia original fue correcta en la tipificación del delito, y la reducción de la pena a cinco años se fundamentó en la valoración de la vulnerabilidad del imputado y en la proporcionalidad del daño. La defensa pretendía que la conducta fuera solo abuso de armas, pero la Cámara concluyó que la conducta integró amenazas coactivas agravadas en concurso ideal con uso de armas, justificando así la modificación.
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