B., D. N. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL B., D. N. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR SER EL AUTOR EL ENCARGADO DE LA GUARDA Y POR HABER COMETIDO EL HECHO CONTRA UNA MENOR DE 18 AÑOS APROVECHANDO LA SITUACION DE CONVIVENCIA PREEXISTENTE, EN CALIDAD DE AUTOR, EN CONCURSO REAL ENTRE SI Y CONSUMADOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia denegó la concesión del recurso extraordinario interpuesto por el imputado contra la sentencia que rechazó su queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad. La causa se resolvió por no cumplirse los requisitos formales y sustantivos para su admisión.
- Quién demanda: D. N. B. (imputado)
¿A quién se demanda?
Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario por denegación de la queja en la causa penal, en la que se discuten cuestiones constitucionales relacionadas con un abuso sexual agravado.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia denegó la concesión del recurso extraordinario, considerando que el memorial no cumple con los recaudos del reglamento, que no se demostraron cuestiones constitucionales relevantes ni vinculación inmediata con las normas invocadas, y que las críticas del recurrente no lograron poner en crisis la fundamentación de la sentencia impugnada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El remedio deducido por B. y adecuado técnicamente por su defensa no cumple con los recaudos establecidos en los incisos 'd' y 'e' del artículo 3 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 del Máximo Tribunal nacional. En efecto, la interesada no efectúa una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando debidamente todos y cada uno de los motivos independientes que le dan sustento en relación con las cuestiones federales planteadas, ni demuestra que medie una vinculación directa e inmediata entre las normas invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho aludido con fundamento en aquéllas." "Asimismo, sus críticas no resultan suficientes en orden a demostrar que la sentencia de este Tribunal no contenga razones jurídicas bastantes, ni tampoco evidencian que el análisis efectuado por esta Corte para arribar a la solución cuestionada no respetara lo previsto en la ley 7055." "De la misma manera, no se advierte delineada en el caso una cuestión federal que imponga la concesión del remedio extraordinario federal, en tanto no se avizoran configurados los vicios que la interesada le endilga a la resolución de este Tribunal." "Por ello y resultando innecesario formular mayores consideraciones, la Corte denegó la concesión del recurso extraordinario."
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