P., L. V. Y OTROS c/ PRUDENCIA CIA. ARGENTINA DE SEGUROS GRALES S.A. Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS-DEFENSA DEL CONSUMIDOR
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario confirmó parcialmente la condena por daños morales en un caso de atención obstétrica deficiente, ajustando la tasa de intereses desde la fecha del hecho hasta la fecha del peritaje. La sentencia se mantiene en lo demás.
- Quién demanda: Los actores, en representación de la madre y su hija recién nacida, reclamando indemnización por daño moral y daño punitivo.
¿A quién se demanda?
La sanatorio Perinat S.A. y su aseguradora Prudencia Compañía Argentina de Seguros Generales S.A., en el marco de un caso de atención médica durante el parto.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
$75.000 por daño moral y daño punitivo, además de intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia fue parcialmente modificada en cuanto a los intereses, aplicándose un interés del 8% anual desde el hecho hasta la fecha del peritaje. Se confirma la condena por daño moral en $58.000 y la responsabilidad por violencia obstétrica, por incumplimiento del deber de seguridad y trato humanizado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostiene que la normativa de protección de derechos de las mujeres (ley 26.485, ley 25.929) y la jurisprudencia reconocen la vulnerabilidad de las gestantes, por lo que la conducta del sanatorio y su personal, que omitió atender con prontitud y respeto a la parturienta en un contexto de inminente parto, constituye violencia obstétrica. La responsabilidad civil se basa en la omisión de asistencia o atención deficiente, configurando un incumplimiento del deber de seguridad y del derecho a un parto humanizado. La valoración probatoria, incluyendo testimonios y la historia clínica, demuestra la negligencia y la vulneración de derechos, justificando la indemnización por daño moral. La modificación en los intereses responde a la correcta interpretación jurisprudencial y a la necesidad de evitar el enriquecimiento indebido, ajustando la tasa a partir de la fecha del hecho y hasta la fecha del peritaje.
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