BENITEZ, ALDO RICARDO; TANNEUR, ALEXIS IVAN Y CANCLINI, CLAUDIO SEBASTIAN -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL TANNEUR, ALEXIS IVAN ALEJANDRO Y OTROS s/ FALSEDAD IDEOLOGICA DE DOCUMENTO PUBLICO AGRAVADO POR SER FUNCIONARIO PUBLICO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe anuló un auto denegatorio de la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad y ordenó al tribunal de origen que evalúe la admisibilidad del planteo en relación con la condena por encubrimiento agravado. La decisión se fundamentó en que la vía no fue correctamente interpuesta respecto de todos los agravios en instancia previa.
Quién demanda: Defensa de Claudio Sebastián Canclini, Alexis Iván Tanneur y Aldo Ricardo Benítez
¿A quién se demanda?
Tribunal de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad contra acuerdo 180 del 29 de abril de 2022, por supuesta violación del derecho de defensa y debido proceso
¿Qué se resolvió?
La Corte anuló el auto denegatorio que limitó el análisis del recurso, ordenando al tribunal que analice la admisibilidad del recurso de manera integral y en relación con todos los agravios vinculados a la condena por encubrimiento agravado. Fundamentos principales de la decisión: "En los casos como el presente, en que por aplicación de la doctrina sentada por esta Corte a partir del precedente 'Scalcione' y su jurisprudencia consecuencial, la declaración de responsabilidad penal y la pena se conforme con la conjunción de más de un fallo de Cámara, la vía regulada por la ley 7055 debe deducirse una vez que se cumpla con la garantía de 'doble conforme' sobre todos los aspectos." "El recurso de inconstitucionalidad debe incoarse contra la sentencia de Cámara que ponga fin al iter recursivo, permitiendo así una revisión completa de todos los agravios." "En este caso, la resolución del tribunal de alzada sólo abordó parcialmente los agravios, dejando sin respuesta otros vinculados con la condena por encubrimiento agravado, por lo que corresponde anular el auto y remitir las actuaciones para nuevo análisis."
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