GERVASONI, FLORENCIA c/ BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO. -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Cámara de Santa Fe denegó la queja del banco contra la sentencia que condenó a indemnizar por daño moral y multa civil en un caso de indebido registro en base de datos del Banco Central. La decisión se fundamentó en la vulneración del deber de información y conducta abusiva del banco.
Quién demanda: Florencia Gervasoni (actora)
¿A quién se demanda?
Banco Credicoop Coop Ltdo (demandado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daño moral, multa civil y eliminación de registro en base de datos del Banco Central por indebido tratamiento y registración de deuda.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe acogió parcialmente la demanda, condenando al banco a pagar $200.000 por daño moral y $400.000 por multa civil, por vulnerar el deber de información en relación con débitos menores y el uso de datos en bases del Banco Central. La Cámara consideró que la conducta del banco fue abusiva, y que no se acreditó que la deuda hubiera sido desconocida por la actora ni que existiera un daño moral que justificara una suma mayor. Fundamentos principales de la decisión: "Los jueces evaluaron que la demandada vulneró en primer lugar su deber de información como proveedor de contratos bancarios, toda vez que la nimiedad del monto que el banco reputaba adeudado y su causa obligaban, desde el más elemental cumplimiento de los principios de buena fe, transparencia, dignidad personal, primacía de la realidad, trato digno y equitativo, prevención del daño y ejercicio regular de los derechos, a notificar de modo fehaciente a la consumidora de modo previo a ingresarla en la base de datos de deudores del sistema financiero." "Los Juzgadores hicieron alusiones de ponderación entre la profesionalidad de la entidad bancaria y la adecuación de medio a fin, y consideraron desajustado a un elemental principio de justicia que por una pretendida acreencia que excedía en centavos el mínimo dispuesto por el Banco Central, se consignara a la accionante como deudora en categorías de incumplimiento de plazo extendido, sin precisar el monto, desviándose así el fin que persigue el almacenamiento de dicho tipo de datos." "Todo lo cual se vería ratificado por la condonación graciable posterior y en un contexto donde la apertura de la cuenta se habría vinculado además con una 'cuenta sueldo'. La Sala concluyó que la conducta del banco fue abusiva y que la información y registro en la base del Banco Central vulneraron derechos constitucionales de la actora." "Por otra parte, las sumas fijadas por daño moral y multa civil no resultan arbitrarias ni desproporcionadas, y las alegaciones del banco no logran demostrar que la solución adoptada por los jueces sea irrazonable o que incurrieran en arbitrariedad."
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