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MONTYN, ESTEBAN ROBERTO Y OTROS c/ DESETA, ISMAEL FERNANDO Y OTROS s/ JUICIO SUMARIO

La Cámara de Apelaciones de Circuito confirmó la resolución de primera instancia que rechazó la excepción de caducidad de la mediación prejudicial obligatoria y ordenó la imposición de costas al apelante. La decisión se fundamenta en que no existe caducidad del procedimiento de mediación, solo la interrupción de la prescripción, y que la ley no contempla la caducidad del proceso de mediación.

Confirmacion de sentencia Costas procesales Mediacion prejudicial Interrupcion de la prescripcion Rechazo del recurso Extincion del proceso Apelacion civil Procedimiento extrajudicial Caducidad y prescripcion Ley 13.151

Quién demanda: Autoridad judicial en el marco de un proceso civil.

¿A quién se demanda?

La parte que interpuso la excepción de caducidad de la mediación prejudicial.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se declare la caducidad del procedimiento de mediación por no haber iniciado la demanda dentro de los seis meses posteriores al acta final de mediación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución del juez de primera instancia que desestimó la excepción de caducidad y rechazó el recurso de apelación, imponiendo las costas a la parte recurrente. Fundamentos principales: "El procedimiento de mediación prejudicial existe. No falta. Debe aclararse que la caducidad es un modo anormal de extinción del proceso (art 242 cc. y ss) del CPCCSF, y no puede aplicarse a un medio alternativo de solución de conflictos un instituto previsto para los procesos judiciales. De la misma manera, el instituto de la caducidad es de interpretación restrictiva y no puede declararse caducidades, más allá de su señalada improcedencia, por efecto de una interpretación extensiva." "Lo que se tiene por no sucedida es la interrupción de la prescripción y en ningún lado de la ley o de sus decretos reglamentarios surge que exista la caducidad del procedimiento de mediación. La mediación terminó con el acta y si el requirente se demora más de seis meses en interponer la demanda, lo que se tiene por no ocurrido es la interrupción de la prescripción." Votos en disidencia: No se registran disidencias en la sentencia analizada.

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