BEJARAN, OSVALDO RAUL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BEJARAN, OSVALDO RAUL s/ ENRIQUECIMIENTO ILICITO DE FUNCIONARIO PUBLICO-APELACION-SENTENCIA CONDENA PRISION EJECUCION CONDICIONAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario interpuesto por la defensa del imputado Osvaldo Raúl Bejarán contra un acuerdo que confirmó la denegatoria de un recurso de inconstitucionalidad, argumentando que el planteo no cumplía con los requisitos legales y que las alegaciones eran reiterativas.
- Quién demanda: La defensa de Osvaldo Raúl Bejarán
¿A quién se demanda?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario contra el acuerdo que denegó el recurso de inconstitucionalidad, para que se revise la constitucionalidad de la sentencia condenatoria y la motivación del fallo.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema denegó la concesión del recurso extraordinario, señalando que las alegaciones del recurrente no cumplían con los requisitos del artículo 3 de la ley 7055, ya que solo reiteraban agravios ya debatidos y respondidos en instancias anteriores, y no delineaban una cuestión federal que permitiera la apertura de la vía del artículo 14 de la ley 48. La Corte afirmó: "El remedio deducido contra el fallo de esta Corte no cumple con los recaudos dispuestos en el artículo 3 incisos 'd' y 'e', ello en tanto no se efectúan planteos, ni postulaciones suficientes contra los fundamentos allí expuestos, a fin de demostrar un supuesto para franquear la admisibilidad de la instancia federal intentada." Además, expresó que la defensa no fundamentó adecuadamente una cuestión federal, limitándose a cuestionar aspectos ya resueltos y a alegar arbitrariedad y excesivo rigor formal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En particular, se advierte que las alegaciones de la compareciente se dirigen centralmente a cuestionar la confirmación por la Cámara de la condena a Bejarán dictada en primera instancia, insistiendo en agravios ya expuestos y que merecieron respuesta oportuna de esta Corte. En efecto, la lectura del memorial de la vía deducida revela tan sólo un intento de la interesada de reintroducir el debate acerca de cuestiones ya tratadas en las instancias anteriores, limitándose a achacar en forma genérica al pronunciamiento de esta Corte arbitrariedad y excesivo rigor formal." Asimismo, se remarca que la recurrente omite fundamentar las motivaciones de la resolución impugnada y no logra demostrar que las consideraciones del tribunal fueron irrazonables o insuficientes, por lo que no se configura un supuesto que habilite la vía extraordinaria. La sentencia concluye: "la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Denegar la concesión del recurso extraordinario interpuesto para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación."
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