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DI BENEDETTO, ANTONIO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL DI BENEDETTO, ANTONIO s/ ASOCIACION ILICITA, EN CARACTER DE JEFE U ORGANIZADOR, EN CONCURSO REAL CON ESTAFA, FALSIFICACION IDEOLOGICA DE DOCUMENTO PUBLICO, FALSIFICACION MATERIAL DE DOCUMENTO PRIVADO Y USO DE DOCUMENTO PRIVADO, EN CARACTER DE COAUTORIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que anuló un acuerdo abreviado en un proceso penal, tras dictar sentencia condenatoria en juicio oral, por considerar que la materia litigiosa había sido sustraída por falta de actualidad de los agravios.

Nulidad Doble instancia Decision judicial Derechos procesales Sentencia condenatoria Recurso de inconstitucionalidad Acuerdo abreviado Vulneracion constitucional Materia litigiosa Santa fe.


¿Quién es el actor?

Antonio Di Benedetto, en representación de su recurso de inconstitucionalidad.

¿A quién se demanda?

La resolución 152 del 12 de noviembre de 2021 del Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Venado Tuerto.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que anuló el acuerdo abreviado y los actos consecuentes, argumentando violaciones a principios constitucionales y derechos procesales.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema rechazó el recurso de inconstitucionalidad, considerando que la materia litigiosa había sido eliminada por la existencia de una sentencia condenatoria posterior en juicio oral, haciendo inaplicable el remedio en la actualidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El remedio de inconstitucionalidad ha sido interpuesto contra la decisión de la Cámara que declaró la nulidad del acuerdo abreviado en los presentes y los actos consecuentes. Sin embargo, del sistema informático surge que posteriormente el Tribunal de Primera Instancia condenó al imputado a 12 años de prisión y otras penas, en un juicio oral y público, en orden a los hechos investigados. Así, la pretensión defensiva contra la anulación de la Alzada se ha disipado, toda vez que con posterioridad recayó sentencia condenatoria en juicio oral. Por lo tanto, la materia litigiosa ha sido sustraída por pérdida de actualidad, lo que impide el ejercicio de la jurisdicción por este Tribunal."
- Disidencia: No se registra disidencia relevante en el fallo.

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