VENTURINI, GONZALO ARIEL c/ EXPERTA ART S.A. -ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD LABORAL-TRAMITE SUMARISIMO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad contra la aplicación retroactiva del decreto 669/19 en un caso de accidente laboral ocurrido en 2010. Anuló la sentencia y remitió el expediente para un nuevo juzgamiento, resaltando la falta de fundamentación del fallo impugnado.
¿Quién es el actor?
Gonzalo Ariel Venturini
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de la constitucionalidad del decreto 669/19 y la aplicación de intereses y costas en un reclamo laboral por accidente y/o enfermedad laboral
¿Qué se resolvió?
La Corte anuló la sentencia impugnada y consideró que la aplicación del decreto 669/19, que modifica el ajuste en indemnizaciones laborales, fue retroactiva y sin sustento constitucional, por lo que no tenía validez en casos anteriores a su entrada en vigencia. Se remite el expediente para que un tribunal subrogante juzgue nuevamente conforme a estos lineamientos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La operatividad del mismo [decreto 669/19] se extiende a los casos ocurridos al amparo de la ley 27348 desde que aquél tuvo por fin modificar la modalidad de ajuste dispuesta por esta disposición legal y no a las contingencias acaecidas con anterioridad a su entrada en vigencia." "Las sentencias que omiten considerar y decidir cuestiones decisivas oportunamente propuestas, como las que se apoyan en aseveraciones dogmáticas o se apartan de las normas en juego, resultan carentes de la fundamentación exigida para sustentarse como actos jurisdiccionales válidos y no pueden ser aceptadas como necesaria derivación razonada del derecho vigente aplicable a las circunstancias del caso." "La respuesta jurisdiccional, en razón de la deficiencia de motivación apuntada, no puede ser aceptada como la necesaria derivación razonada del derecho vigente aplicable a las circunstancias del caso y, por lo tanto, no reúne las condiciones exigidas por el orden fundamental para la satisfacción del derecho a la jurisdicción de la impugnante." En virtud de ello, se anuló la sentencia y se ordenó remitir los autos para un nuevo juicio.
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