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VENTURINI, GONZALO ARIEL c/ EXPERTA ART S.A. -ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD LABORAL-TRAMITE SUMARISIMO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad contra la aplicación retroactiva del decreto 669/19 en un caso de accidente laboral ocurrido en 2010. Anuló la sentencia y remitió el expediente para un nuevo juzgamiento, resaltando la falta de fundamentación del fallo impugnado.

Accidente laboral Aplicacion retroactiva Constitucionalidad Motivacion Remision Anulacion Recurso de inconstitucionalidad Decreto 669/19 Proceso laboral.


¿Quién es el actor?

Gonzalo Ariel Venturini

¿A quién se demanda?

EXPERTA ART SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la constitucionalidad del decreto 669/19 y la aplicación de intereses y costas en un reclamo laboral por accidente y/o enfermedad laboral

¿Qué se resolvió?

La Corte anuló la sentencia impugnada y consideró que la aplicación del decreto 669/19, que modifica el ajuste en indemnizaciones laborales, fue retroactiva y sin sustento constitucional, por lo que no tenía validez en casos anteriores a su entrada en vigencia. Se remite el expediente para que un tribunal subrogante juzgue nuevamente conforme a estos lineamientos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La operatividad del mismo [decreto 669/19] se extiende a los casos ocurridos al amparo de la ley 27348 desde que aquél tuvo por fin modificar la modalidad de ajuste dispuesta por esta disposición legal y no a las contingencias acaecidas con anterioridad a su entrada en vigencia." "Las sentencias que omiten considerar y decidir cuestiones decisivas oportunamente propuestas, como las que se apoyan en aseveraciones dogmáticas o se apartan de las normas en juego, resultan carentes de la fundamentación exigida para sustentarse como actos jurisdiccionales válidos y no pueden ser aceptadas como necesaria derivación razonada del derecho vigente aplicable a las circunstancias del caso." "La respuesta jurisdiccional, en razón de la deficiencia de motivación apuntada, no puede ser aceptada como la necesaria derivación razonada del derecho vigente aplicable a las circunstancias del caso y, por lo tanto, no reúne las condiciones exigidas por el orden fundamental para la satisfacción del derecho a la jurisdicción de la impugnante." En virtud de ello, se anuló la sentencia y se ordenó remitir los autos para un nuevo juicio.

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