BASUALDO, SILVIA BEATRIZ -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BASUALDO, SILVIA BEATRIZ s/ APELACION Y NULIDAD RESOLUCION DEL TRIBUNAL DE CONDUCTA COLEGIO DE ABOGADOS 1RA. CIRCUNSCRIPCION DE SANTA FE QUE IMPONE APERCIBIMIENTO PRIVADO Y MULTA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sanción disciplinaria impuesta a la abogada Silvia Beatriz Basualdo, confirmando la legalidad de la decisión y la fundamentación del tribunal en la valoración de la actividad profesional y las normas disciplinarias.
- Quién demanda: Defensa de Silvia Beatriz Basualdo
¿A quién se demanda?
Tribunal Pluripersonal del Colegio de Cámara Penal de Apelación de la Primera Circunscripción Judicial
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó sanción disciplinaria (apercibimiento público y multa de diez unidades jus)
¿Qué se resolvió?
La Corte de Santa Fe rechazó la queja, confirmando la legalidad y fundamentación del tribunal apelado, en base a que los agravios sólo constituían disenso con la decisión y no demostraban arbitrariedad ni vulneración de garantías constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó la sustancia de los agravios, destacando que la alzada valoró correctamente los hechos y las normas aplicables del Código de Ética Forense, sin evidenciar arbitrariedad. Se subrayó que la discrepancia en la valoración de los hechos no configura una sentencia arbitraria, y que los planteos sobre la nulidad, plazo razonable y constitucionalidad del Código de Ética no alcanzan la trascendencia constitucional pretendida, sino que constituyen opiniones disidentes. La Corte concluyó que "las agravios no configuran una afectación constitucional, sino una simple disconformidad con la decisión, y que la normativa disciplinaria no vulnera el principio de legalidad". Además, se afirmó que "el proceso disciplinario, por sus fundamentos y finalidades, posee una especificidad que lo distingue de la tipicidad penal".
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