SOLIS, ESTEBAN LUIS c/ ATILIO O. SALAS INMOBILIARIA S.R.L. Y OTROS s/ SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES
La Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe confirmó la sentencia que rechazó la demanda y el recurso de nulidad, manteniendo la causa por despido justificado basado en la conducta temeraria del actor durante un accidente de tránsito.
¿Quién es el actor?
Esteban Luis Solis (actor).
¿A quién se demanda?
Atilio O. Salas Inmobiliaria S.R.L. y otros (demandados).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad y apelación contra la sentencia que rechazó la demanda de despido con causa, en particular cuestionando la valoración de la injuria y la extensión de la jornada laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelación en lo Laboral rechazó los agravios del actor, confirmando la decisión de primera instancia. La sentencia consideró que el despido fue justificado por la conducta temeraria del actor en un accidente de tránsito, lo que constituye una injuria válida para la disolución del vínculo laboral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal sostuvo que la valoración de la injuria, atribuida a la conducción temeraria del actor, corresponde a la sana crítica y valoración de la prueba por parte del juez de grado, sin que exista omisión grave que justifique su revisión. Se resaltó que “en el choque que protagoniza el actor, éste conducía la camioneta de la empresa en exceso de velocidad, sin respetar las preferencias de circulación en el tránsito, y lesionando a terceros; con lo cual no se trata de un simple choque del automóvil en circunstancias normales de la prestación de servicios, sino de una conducta del actor en la utilización del automóvil que constituye injuria, conforme la valoración de la A Quo.” Además, se afirmó que la conducta temeraria en el tránsito justifica el despido, en línea con la interpretación del art. 87 LCT y la jurisprudencia sobre responsabilidad en siniestros viales. La valoración de la prueba testimonial y documental fue considerada adecuada y razonable. El tribunal también rechazó los agravios respecto a la extensión de la jornada laboral y la fecha de ingreso, argumentando que las pruebas y testimonios respaldaban la decisión de la primera instancia. Finalmente, se resolvió imponer las costas a la parte actora vencida y regular honorarios del 50 % por el trámite del recurso de apelación.
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