EYHERACHAR CATELA, MIGUEL Y OTROS c/ EYHERACHAR, GUILLERMO MIGUEL Y OTROS s/ ORDINARIO
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por cobro de alquileres y declaró la falta de legitimación pasiva de Guillermo José Eyherachar, pero revocó parcialmente la fallo en cuanto a la condena de restitución y la legitimación del otro codemandado.
Quién demanda: Los actores, propietarios del inmueble y titulares del dominio pleno tras la extinción del usufructo.
¿A quién se demanda?
Guillermo Miguel Eyherachar y Guillermo José Eyherachar.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de alquileres, restitución de suma de dinero y declaración de legitimación pasiva.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la improcedencia del cobro de cánones locativos por falta de prueba de ocupación y percepción, pero revocó la declaración de falta de legitimación pasiva respecto a Guillermo José Eyherachar y lo condenó a restituir en forma concurrente con Guillermo Miguel Eyherachar la suma de $125.600,00 más intereses.
Fundamentos principales de la decisión:
- La sentencia de primera instancia consideró que Guillermo Miguel Eyherachar percibió alquileres sin legitimación y que no se acreditó la ocupación del inmueble tras el fallecimiento de la usufructuaria.
- La apelación sostuvo que existía un mandato tácito y que Guillermo José Eyherachar continuaba en la tenencia del inmueble, lo cual fue desestimado por la Cámara por carecer de pruebas que acreditaran la existencia de dicho mandato.
- La Cámara valoró que Guillermo Miguel Eyherachar no notificó a los locatarios ni a los titulares del dominio sobre la extinción del usufructo ni sobre la gestión de alquileres, por lo que su percepción se consideró indebida y sujeto a restitución con intereses.
- Respecto a Guillermo José Eyherachar, se concluyó que su ocupación del inmueble y percepción de alquileres estaban acreditadas, por lo que su legitimación pasiva fue aceptada y se le condenó a restituir en forma conjunta con Guillermo Miguel Eyherachar.
- La Cámara también analizó la procedencia de costas y honorarios, estableciendo que las costas se distribuyen en proporción a la condena, y que los honorarios de la Alzada corresponden al 50% de los regulados en la etapa inferior.
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