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MOYANO, FABIAN ALBERTO c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/ ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES DEL TRABAJO

La Cámara de Rafaela confirmó la sentencia que condenó a la ART por lesión laboral y fijó una incapacidad del 22,05%, además de establecer el modo de actualización del VIBM y la aplicación de intereses. La resolución también revocó parcialmente los montos y porcentajes establecidos en primera instancia.

Intereses Danos y perjuicios Recurso de apelacion Incapacidad Accidente laboral Jurisprudencia Sistema de riesgos del trabajo Ley 24.557 Ley 26.773 Actualizacion vibm


- Quién demanda: Fabián Alberto Moyano

¿A quién se demanda?

La Segunda ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones por accidente laboral y/o enfermedad profesional, incluyendo la suma por incapacidad y la actualización del VIBM.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó los recursos de nulidad y apelación en la mayoría de los puntos, confirmando la condena por lesión laboral y las prestaciones asociadas, salvo en lo referido al porcentaje de incapacidad y modo de actualización, donde se revocó la decisión de primera instancia y se estableció un 22,05% de incapacidad y una metodología específica para la actualización del VIBM.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal analizó que la lesión en columna cervical del actor fue acreditada mediante prueba pericial y declaraciones testimoniales, concluyendo que existe vínculo causal con las tareas laborales. Se rechazaron los agravios de la ART respecto a la preexistencia y origen no laboral de la patología, sustentando que la pericia médica y las declaraciones ratificaron la relación causal. En lo relativo al porcentaje de incapacidad, se consideró que la conformidad del actor con el porcentaje del 22,05% y la rectificación del perito justificaban la modificación del porcentaje de incapacidad fijado en primera instancia. Sobre la actualización del VIBM, el tribunal interpretó que la normativa regula que debe aplicarse el promedio actualizado con RIPTE hasta la firma de la sentencia y que los intereses deben calcularse a tasa pura del 8% anual desde la primera manifestación invalidante, rechazando agravio de la ART que proponía otro mecanismo. La decisión busca garantizar la adecuada reparación y evitar doble actualización, en línea con precedentes jurisprudenciales.

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