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S., B. U. s/ ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO DE TENTATIVA, ABUSO DE ARMAS CON CAUSACION DE LESIONES LEVES, PORTACION DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA, ABUSO DE ARMAS Y HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO.

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirma la sentencia que condenó a S. B. U. a 13 años de prisión por múltiples delitos con armas de fuego y homicidio. El tribunal argumenta que la pena impuesta es justa y respeta las pautas de protección de menores, rechazando los agravios de la defensa.

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Actor: Defensa de S. B. U. Demandado: Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario Objeto: Revisión de la sentencia de condena y reducción de la pena Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analiza la fundamentación de la sentencia apelada, destacando que la Juez Musa fundamentó apropiadamente la imposición de la pena, considerando la gravedad de los hechos y la circunstancia de ser menor en los casos en que se cometieron. La sentencia se ajusta a la doctrina del Tribunal Supremo de Justicia, específicamente en relación con la atención diferenciada a menores infractores (precedente "Maldonado"). La defensa argumentó que los hechos más graves fueron cometidos cuando el imputado tenía 16 años y que la pena debía ser menor, pero la Cámara sostiene que la conducta delictiva más grave, homicidio agravado, ocurrió cuando el menor tenía 17 años y cerca del cumplimiento de los 18, por lo que la reducción por inmadurez no resulta procedente en estos casos. Además, la Cámara destaca que la sentencia respetó las pautas internacionales y nacionales sobre la protección de menores infractores, y que la pena de 13 años es adecuada a la gravedad de los delitos y a las circunstancias del caso. La resolución de la Cámara resalta que la valoración de las circunstancias personales y del contexto social y familiar del menor fue correctamente realizada y que no existen elementos para modificar la sentencia apelada. Finalmente, los jueces acuerdan confirmar en su totalidad la decisión de primera instancia, incluyendo la pena impuesta.

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