NUÑEZ, CESAR DANIEL c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Santa Fe revocó la decisión administrativa que extendió la suspensión preventiva de César Daniel Nuñez, ordenando su reincorporación al servicio ante el vencimiento del plazo legal, por no haberse solicitado la destitución dentro de los 90 días.
- Quién demanda: César Daniel Nuñez
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reincorporación al Servicio Penitenciario tras suspensión preventiva
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la medida cautelar y se ordenó la reincorporación del actor
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que, según el artículo 129 del decreto 1091/79, la suspensión preventiva no puede exceder de 90 días salvo que se solicite la destitución del agente, lo cual no ocurrió en el caso. La norma establece claramente que la prórroga de la suspensión solo procede si se solicita la destitución durante ese plazo. En el expediente, no consta que la administración haya pedido la destitución, y por ende, la extensión de la suspensión más allá de los 90 días es arbitraria. La jurisprudencia citada afirma que la única causa autorizante para prolongar la medida es la solicitud formal de destitución, lo que en circunstancias similares implica que la suspensión debe cesar al vencimiento del plazo. La decisión administrativa, que mantuvo la suspensión sin solicitar la destitución, vulneró el derecho del actor a la protección de sus derechos laborales y a la percepción de haberes, además de constituir una arbitrariedad manifiesta. La Cámara resaltó que la medida cautelar no implica la resolución definitiva del fondo, sino la protección de derechos constitucionales en trámite, y que el carácter alimentario de los haberes y la imposibilidad de acceder a un nuevo empleo justifican la concesión de la medida.
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