G. C., L. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL G. C., L. A. s/ ABUSO SEXUAL SIMPLE- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe declaró la inconstitucionalidad del acto que excluyó al imputado de la declaración en Cámara Gesell en un proceso por abuso sexual, argumentando que la medida vulnera garantías constitucionales y principios procesales, y que la cuestión ha perdido interés jurídico debido a que la declaración ya se realizó.
- Quién demanda: Defensa técnica de L. A. G. C.
¿A quién se demanda?
Juez del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia, doctor Salvador.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que dispuso la exclusión del imputado de la declaración en Cámara Gesell sin su presencia, por considerar que viola derechos constitucionales y principios procesales.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró que la cuestión ha perdido interés jurídico actual por haberse realizado ya la declaración en Cámara Gesell, operando la sustracción de materia, y dispuso que no corresponde emitir una sentencia de fondo. La resolución enfatiza que, aunque la cuestión es inoficiosa por el cumplimiento del acto, recuerda que en futuras prácticas se deben respetar las buenas prácticas internacionales y derechos del imputado a escuchar en tiempo real, conforme a guías y estándares recomendados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el presente caso, la cuestión aquí debatida ha perdido interés jurídico actual, tornándose inoficioso el dictado de una sentencia de mérito. Sentado ello, y verificada así la concurrencia de un obstáculo insalvable para el ejercicio de la jurisdicción por parte de esta Corte, corresponde declarar que se ha operado en el presente caso la sustracción de la materia litigiosa por falta de agravio actual, lo cual no supone que este Tribunal haga propias las conclusiones expuestas en las instancias inferiores." "Además, resulta esperable que al recibirse declaraciones asistidas en 'Cámara Gesell' como anticipo jurisdiccional de prueba, en lo posible, se respete el procedimiento establecido en la 'Guía de buenas prácticas para el abordaje de niños/as y adolescentes víctimas o testigos de abuso sexual y otros delitos' elaborada por la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia y organizaciones internacionales, específicamente su punto B.3.3., que refiere al derecho del imputado a escuchar en tiempo real la declaración testimonial." En disidencia, los ministros Falistocco y Erbetta reforzaron la importancia de respetar los derechos del imputado en el uso de técnicas probatorias, aunque en el caso concreto la cuestión se tornó abstracta por haber realizado ya la declaración.
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