VERGARA, ARIEL DARIO Y OTROS c/ METRO DESARROLLO S.A. Y OTROS s/ EJECUCION DE SENTENCIAS Y SU ACUMULADO VERGARA, ARIEL DARIO Y OTROS c/ METRO DESAROLLO S.A. Y OTROS s/ JUICIOS ORDINARIOS
La Cámara de Apelaciones revoca la sentencia que impuso costas a la parte demandada y las asigna a la actora, considerando que la medida cautelar fue mal trabada y que el allanamiento del fideicomiso implicó la aceptación del levantamiento del embargo, sin dolo en la conducta del embargante.
Quién demanda (Actor): Metro Desarrollos S.A., en carácter de fiduciaria del fideicomiso "Edificio Torre Gral. López 2960". A quién se demanda (Demandado): La parte actora en el proceso principal, en relación con la ejecución de sentencias y la medida cautelar. Qué se reclama (Objeto de la demanda): La impugnación de la resolución que impuso costas a la parte demandada y la declaración de que la medida cautelar fue mal trabada, por lo que solicita que las costas sean soportadas por la actora.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la imposición de costas a Metro Desarrollos S.A. y las asigna a la actora, considerando que la medida cautelar fue mal trabada y que el allanamiento del fideicomiso implica la aceptación del levantamiento, sin dolo ni conducta dolosa. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal analizó que la conducta del fideicomiso y su fiduciario, Metro Desarrollos S.A., al allanarse y aceptar el levantamiento del embargo, implica que la medida cautelar fue mal trabada, ya que recaía sobre un bien fiduciario no demandado en autos. Se concluyó que no hay dolo ni conducta dolosa en la traba del embargo, y que las costas deben soportarlas quienes resultaron vencidos en el incidente, en este caso la actora. Además, se argumentó que la conducta de las partes y la postulación del levantamiento del embargo, aunque no expresamente calificada como incidente, puede asimilarse a un mini-incidente, y que la demora en promover el desembargo no tiene sanción en costas, salvo en los gastos derivados que pudieron evitarse con la presentación oportuna. La decisión también destacó que la parte actora, al allanarse, aceptó la situación y que la medida cautelar fue mal trabada, por lo que corresponde ajustar la imposición de costas en consecuencia.
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