ABUD, NICOLAS MARTIN c/ RODRIGUEZ, EMANUEL Y OTROS -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad contra la resolución de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario que revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda por daños y perjuicios en un caso de accidente de transporte público. El tribunal consideró que existían fundamentos serios para cuestionar la arbitrariedad en la valoración de la prueba y la interpretación de la ley, y ordenó la elevación de los autos principales para su tratamiento.
Actor: Nicolás Martín Abud Demandado: Emanuel Rodríguez y otros, en calidad de conductores y/o responsables del transporte público, además de la aseguradora en garantía. Objeto: indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente en el transporte público, específicamente lesiones que provocaron la amputación del miembro del actor. Decisión: La Corte admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, ordenando que se eleven los autos principales para su análisis, considerando que la decisión de la Cámara de Apelación podría haber incurrido en arbitrariedad, especialmente en la valoración de la prueba y la interpretación del derecho en relación con la tutela del derecho del consumidor y usuario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La postulación del recurrente cuenta 'prima facie' con suficiente asidero en las constancias de autos, e importa articular con seriedad planteos que podrían configurar hipótesis de arbitrariedad con idoneidad suficiente como para operar la apertura de esta instancia de excepción." "Dicho esto en una apreciación mínima y provisoria, propia de este estadio, y sin que implique adelantar opinión sobre la sustantiva procedencia de la impugnación." La Corte consideró que existían elementos para pensar que la valoración de la prueba y la interpretación de la ley por parte de la tribunal de alzada podrían haber sido arbitrarias, en especial respecto a la prueba del hecho dañoso, la carga de la prueba, y la valoración del contrato de transporte en el marco de la protección del consumidor. Además, se resaltó que la Cámara de Apelación no habría ponderado adecuadamente la prueba y la normativa de protección al consumidor, lo que justificó la admisión de la queja y la concesión del recurso de inconstitucionalidad para su análisis posterior.
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