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PERELLO, GUSTAVO JOEL s/ ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA BLANCA

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la sentencia que dispuso la internación terapéutica y la medida de seguridad para Gustavo Joel Perelló. La decisión se fundamentó en que no existían elementos suficientes para modificar la tratamiento ni considerar su externación en el estado actual.

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- Quién demanda: Gustavo Joel Perelló (a través de su defensa, Dra. Marianela Pagliaretti)

¿A quién se demanda?

La decisión de la Jueza de Primera Instancia, que dictó una medida de internación terapéutica por cinco años y una revisión trimestral.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La defensa solicitó la revocación de la medida de internación y su sustitución por tratamiento ambulatorio en domicilio, argumentando que la situación actual del paciente no justificaba su internación involuntaria y que debía regirse por la ley de salud mental.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, manteniendo la internación involuntaria y la revisión trimestral, considerando que no se acreditó que Perelló pudiera ser externado en el estado actual, dada su peligrosidad, patologías psiquiátricas incurables y la falta de condiciones que garanticen tratamiento ambulatorio efectivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No hay prueba sólida, clara y directa que permita justificar una externación de Gustavo Perelló en las condiciones actuales. Los informes psiquiátricos coinciden en que el cuadro clínico es grave, incurable, y que representa un riesgo para sí y para terceros. La ley de salud mental y la normativa penal no han sido vulneradas, ya que la internación se realiza bajo control judicial, con revisión trimestral, y en un centro adecuado. La ausencia de un continente familiar preparado y la falta de indicaciones médicas actuales para la externación justifican la continuidad de la internación involuntaria." "El hecho que el cuadro psiquiátrico sea estable en ciertos aspectos o que existan salidas terapéuticas no implica que el paciente pueda ser externado, especialmente considerando su historia de reincidencias y el riesgo que representa. La ley vigente requiere condiciones específicas y garantía de tratamiento, las cuales no se encuentran acreditadas en la causa." "La decisión de mantener la internación y la revisión periódica responde a la protección de la salud pública y de la integridad del paciente, sin vulnerar derechos en tanto no se ha demostrado la existencia de condiciones favorables para la externación."

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