VALDEZ, ROSAURA GUADALUPE c/ GALENO ART S.A. s/ DEMANDA SUMARISIMA - ARTICULO 136 CODIGO PROCESAL LABORAL
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y confirma en lo demás, rechazando la procedencia de la indemnización adicional en accidentes in itinere y ajustando las condiciones de actualización e intereses.
- Quién demanda: Rosaura Guadalupe Valdez.
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones por accidente laboral y adicional de pago único, además de actualización y intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la condena a la indemnización adicional por accidente in itinere, ajusta el método de actualización del VIBM y la tasa de interés a un 6% anual, y redistribuye las costas procesales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala fundamenta que la ley 26.773, en su art. 3, excluye expresamente la indemnización adicional en casos de accidentes in itinere, interpretando la norma en línea con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en causa "Paez". Se destaca que dicha interpretación respeta la literalidad de la ley y la finalidad del sistema de riesgos del trabajo, que busca proteger al trabajador en el ámbito laboral y no en el trayecto. Respecto al cálculo del VIBM, la Sala adopta criterios basados en la normativa de la Ley de Riesgos del Trabajo y la jurisprudencia, estableciendo que la actualización debe hacerse en base a la variación del RIPTE, desde el salario denunciado hasta la fecha del siniestro y luego hasta la firmeza de la sentencia, con intereses del 6% anual desde el siniestro. Además, se señala que no existe duplicidad en las actualizaciones y que la mora debe ser resarcida desde la fecha del siniestro, respetando la normativa constitucional y la jurisprudencia vigente. La distribución de costas en primera instancia fue de 25% a la actora y 75% a la demandada, y en la alzada se ajusta a un 50% para cada parte, en atención a los resultados parciales de la apelación. Por último, la Cámara enfatiza la importancia de seguir los precedentes de los tribunales superiores y no apartarse injustificadamente de ellos, para garantizar la seguridad jurídica y evitar litigiosidad innecesaria.
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