ROJAS, RAIMUNDO c/ GETTE, WALTER MARIANO Y OTROS s/ ORDINARIO
La Cámara de Apelación en lo Civil de Rafaela confirma la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por daños y perjuicios por falta de prueba suficiente, fundamentando que la causa no acreditó la existencia del hecho dañoso ni la responsabilidad de los demandados.
- Quién demanda: Raimundo Rojas (actor)
¿A quién se demanda?
Walter Mariano Gette y Elida Beatriz Rodriguez (demandados)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido en 2019.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por no haberse probado la ocurrencia del hecho ilícito ni la responsabilidad de los demandados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sala analizó los agravios del actor respecto a la presunción del art. 143 del CPCC y la prueba de la relación laboral del Sr. Chavez, concluyendo que: "La norma procesal estudiada dispone que la falta de contestación a la demanda implica el reconocimiento de los hechos articulados por el actor, sin perjuicio de la prueba en contrario que produjera el demandado. Se trata de una presunción iuris tantum y el efecto práctico de la norma consiste en invertir la carga de la prueba, la cual fincará bajo la responsabilidad de quien no contestó la demanda." Además, se constató que las inconsistencias en la fecha y mecánica del accidente impidieron acreditar la ocurrencia del hecho dañoso. La declaración del propio actor y el informe policial mostraron contradicciones insalvables, por lo que no se logró probar la responsabilidad. "En materia de accidentes de automotores es condición ineludible y previa la acreditación de la existencia misma del siniestro por cuyas consecuencias se reclama, prueba que pesa sobre el accionante que sostiene la ocurrencia del hecho, extremo que también opera en supuestos de responsabilidad objetiva como el que nos ocupa." Por ello, se rechazaron los agravios y se confirmó la sentencia de primera instancia.
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