H., L. M. EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE SU HIJO MENOR E. D. CH. c/ IAPOS Y OTROS -AMPARO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia deniega el recurso extraordinario interpuesto contra la resolución que rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad, argumentando que la impugnante no cumplió con los requisitos formales y sustantivos para su admisibilidad.
- Quién demanda: H., L. M., en nombre y representación de su hijo menor E. D. Ch.
¿A quién se demanda?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (en sede de recurso extraordinario).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario contra la resolución de la Corte provincial que rechazó la recurso de queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema provincial deniega la concesión del recurso extraordinario, concluyendo que la impugnante no cumplió con los requisitos formales y sustantivos exigidos por la normativa, y que su disenso no configura arbitrariedad ni violación de garantías constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso deducido a fojas 62/80 por la actora contra el decisorio de este Cuerpo registrado en A. y S. T. 327, p. 42/47 (ver fojas 53/58), de fecha 15 de mayo del 2023, por el cual se rechazó la queja interpuesta por la denegación del recurso de inconstitucionalidad local, no cumple con los recaudos dispuestos en el artículo 3, incisos d y e del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación."
"Ello así, pues la recurrente omite realizar una crítica prolija y razonada de la sentencia impugnada al no refutar ninguna de las motivaciones enunciadas por el Tribunal superior de la causa, sin tampoco conseguir demostrar que medie una relación directa e inmediata de las normas federales alegadas y lo debatido y resuelto en el caso."
"En efecto, la compareciente no hace más que insistir con los cuestionamientos efectuados en sus anteriores presentaciones -recurso de inconstitucionalidad y posterior queja
- tratando de imponer su propia postura en cuanto a la solución que correspondería darle al caso -esto es, que se brinde al menor una cobertura integral del tratamiento de estimulación auditiva neurosensorial mediante el método 'tomatis' por parte de la Licenciataria Vanina Maldonado
- mas sin aportar argumento alguno con eficacia en orden a demostrar que esta Corte hubiese rechazado la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad local sin aportar motivos jurídicos razonables."
"De la lectura del remedio extraordinario ahora intentado surge que la impugnante tacha al fallo de arbitrario y violatorio de garantías constitucionales, pero en realidad se advierte que lo dicho solo refleja su mero disenso, sin conseguir desvirtuar, del modo exigido para la admisibilidad de esta vía, las razones brindadas por
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