MEDRANO, GISELA GUADALUPE c/ JULIA URIARTE PELUQUERIA BARBERIA Y OTROS s/ COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la existencia de relación laboral entre la actora y la demandada, rechazando los agravios por prueba y valoración probatoria. La Cámara sostuvo que la presunción del art. 23 de la LCT no fue desvirtuada y que la relación fue laboral en base a la prueba y documentación aportada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora demandó a Julia Uriarte por cobro de salarios y condiciones laborales, reclamando la existencia de relación laboral desde 2010, y la demandada fue condenada en primera instancia a pagar rubros indemnizatorios y salarios adeudados. La sentencia consideró acreditada una relación laboral dependiente, con inicio en 2015, basándose en la prueba testimonial, documentación y presunción del art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo, rechazando la alegación de locación de servicios. La parte demandada interpuso recurso de nulidad y apelación total, y la actora apeló parcialmente respecto a la fecha de ingreso. La Cámara analizó los agravios, concluyendo que las pruebas y el contexto probatorio respaldan la existencia de relación laboral y que la valoración de la prueba por el juez de grado fue adecuada y no arbitraria. Además, se rechazaron los argumentos relativos a la fecha de ingreso, ya que las testimoniales y la documentación no permitieron probar fehacientemente la fecha alegada por la actora, confirmando así la decisión de primera instancia. Se impusieron las costas del trámite en un 75% a la demandada y un 25% a la actora, y se fijaron los honorarios en un 50% de los regulados en primera instancia.
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