BOLCATTO, MARIA ELENA DE LOS ANGELES Y OTROS c/ GARDIOL, CLOTILDE GERTRUDIS Y OTROS s/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
La Cámara de Apelaciones rechazó la revocatoria in extremis contra la sentencia que confirmó la desestimación de la demanda de prescripción adquisitiva, argumentando que la impugnación no evidenciaba errores de hecho ni violaciones a derechos fundamentales. La decisión se fundamenta en que el recurso no configura un error esencial y busca una revisión de costas, lo cual no es procedente en este contexto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia de primera instancia, de fecha 09.06.2022, declaró desierto el recurso de nulidad y rechazó la apelación, confirmando la desestimación de la demanda de prescripción adquisitiva promovida por María Elena de los Ángeles Bolcatto y otros, con costas a la vencida. Las accionantes interpusieron recurso de revocatoria in extremis argumentando que la condena en costas debía distribuirse en proporciones distintas respecto de algunos co-demandados, atendiendo a su participación en el condominio. La Sala analizó la naturaleza de este recurso, que no es un medio para reconsiderar el fondo del fallo, sino para reparar errores de hecho o de procedimiento que puedan causar un daño irreparable, y concluyó que las críticas no configuraban un error esencial. La Sala sostuvo que la revisión de costas no constituye materia susceptible de revisión en este recurso, y que las alegaciones no superaban una mera disconformidad con la decisión. Por ello, se desestimó la revocatoria y se confirmó la resolución de primera instancia.
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