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O., M. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL O., M. A. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte provincial denegó la concesión del recurso extraordinario contra la sentencia que confirmó la responsabilidad penal en un caso de abuso sexual infantil, argumentando que la impugnación no cumplía los requisitos legales y carecía de fundamentos jurídicos sólidos.

Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Abuso sexual infantil Valoracion de pruebas Requisitos formales Denegacion Decision judicial Responsabilidad penal Rechazo. Corte de origen


- Quién demanda: La defensa del imputado O., M. A.

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (a través del recurso extraordinario)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revisión de la sentencia que confirmó la responsabilidad penal por abuso sexual con acceso carnal y la invalidación de pruebas y decisiones judiciales en el proceso.

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial rechazó el recurso extraordinario y denegó su concesión, argumentando que la impugnación no cumplía con los requisitos formales y sustanciales para su ingreso, y que la decisión de la Corte de origen estaba fundada en una valoración razonada de las pruebas y de la normativa aplicable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte señaló que el recurso presentado por la defensa no cumple con los recaudos del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 del Máximo Tribunal nacional, ya que no acompaña la documentación requerida ni realiza una crítica razonada de la sentencia atacada. Además, no demuestra vínculo directo entre las normas invocadas y lo resuelto en el caso, ni evidencia que la decisión impugnada sea contraria al derecho invocado. La presentación se limita a relatar los hechos y expresar disconformidad sin cuestionar los fundamentos del fallo, los cuales fueron suficientemente motivados por la Corte provincial. La Corte también destacó que el recurso no presenta argumentos que permitan descalificar la valoración de las pruebas realizadas por los magistrados, ni que justifiquen su ingreso por vía excepcional. En consecuencia, la Corte rechazó la solicitud por considerar que la impugnación carecía de sustento jurídico y formal.

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