GUTIERREZ, OSCAR c/ PREVENCION ART s/ ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD DEL TRABAJO
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe modificó la sentencia de primera instancia, anulación parcial en la fijación de intereses y declaró la inconstitucionalidad del art. 12 de la ley 24.557, ajustando la tasa de interés y el método de actualización del crédito laboral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora demanda por prestaciones derivadas de un accidente laboral ocurrido el 23/8/2010, reclamando que la sentencia de primera instancia condenó a Prevención ART S.A. a pagar un porcentaje de incapacidad, y que la valoración de las pruebas, especialmente la pericial médica, fue correcta. La actora alegó que se rechazó indebidamente el reconocimiento de la hipoacusia por falta de acreditación de exposición al agente de riesgo, y que la tasa de interés aplicada para actualizar la condena fue insuficiente y no fundamentada. La demandada, por su parte, cuestionó la valoración probatoria, la prescripción y la tasa de interés, además de alegar defectos en la valoración de la pericia médica. La Cámara analizó los agravios, concluyendo que la sentencia de primera instancia incurrió en deficiencias argumentativas, especialmente por remitir de forma literal a otros fallos sin relación específica con el caso, vulnerando el principio de debida fundamentación. La Cámara declaró la nulidad parcial en la determinación de intereses, considerando que la tasa aplicada era insuficiente para evitar la licuación del crédito, y declaró la inconstitucionalidad del art. 12 de la ley 24.557, estableciendo una nueva metodología para la actualización del crédito laboral basada en el salario de un trabajador de igual categoría y la aplicación de una tasa de interés del 6% anual desde el siniestro. También ajustó la distribución de costas en función de los agravios y resolvió la cuestión de la actualización monetaria, señalando que la declaración de inconstitucionalidad del artículo mencionado permite adoptar mecanismos adecuados para la preservación del valor del crédito del trabajador.
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