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PANIAGUA, HUGO ALBERTO c/ ASOCIART ART S.A. -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD DEL TRABAJO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (PARCIALMENTE CONCEDIDO POR LA CAMARA)

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anuló una sentencia que aplicaba indebidamente la normativa de riesgos del trabajo y declaró la inconstitucionalidad parcial de la resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación, remitiendo los autos a un tribunal de segunda instancia para dictar un nuevo pronunciamiento.

Arbitrariedad Indemnizacion Interpretacion normativa Riesgos del trabajo Constitucionalidad Recurso de inconstitucionalidad Ley 27348 Ley 24557 Decreto 669/19 Ssn 1039/19


- Quién demanda: Hugo Alberto Paniagua.

¿A quién se demanda?

Asociación ART SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario, en la que se revocó parcialmente la fallo de primera instancia y se condenó a la aseguradora a pagar una indemnización por incapacidad laboral del 5,29% según las leyes 24557 y 27348, y la inconstitucionalidad de la resolución SSN 1039/19.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de la sentencia de la Cámara por omisión en la interpretación de las normas y en el análisis de los fundamentos del decreto 669/19 y la resolución SSN 1039/19, que modificaron el cálculo de la indemnización, y anuló dicha sentencia, remitiendo los autos a un tribunal de segunda instancia para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a los fundamentos del fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Se argumentó que la sentencia impugnada omitió ponderar que el decreto 669/19 y la resolución SSN 1039/19 tenían como finalidad evitar montos indemnizatorios desmedidos y garantizar la solvencia del sistema de riesgos del trabajo, no modificando el valor del ingreso base en forma que redujera las prestaciones, sino ajustando el método de cálculo para mantener la estabilidad del sistema. Se resaltó que la aplicación del RIPTE en la forma en que fue interpretada por la Cámara contradecía la jurisprudencia de esta Corte en "Carasales", y que la sentencia omitió realizar una correcta hermenéutica de las normas en juego, configurando una arbitrariedad de sentencia. La Corte también sostuvo que la decisión de la Cámara no fue una derivación razonada del derecho vigente, por lo que fue declarada arbitraria y, en consecuencia, la sentencia fue anulada.

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