H., G. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL H., G. s/ IMPEDIMENTO DE CONTACTO DE MENORES CON PADRES NO CONVIVIENTES, PRIVACION ILEGITIMA DE LA LIBERTAD, AMENAZAS, ETC.-APELACION SUSPENSION DEL JUICIO A PRUEBA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (REVOCATORIA)
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechaza las quejas del Ministerio Público y de la defensa de H. contra la resolución que confirmó la suspensión del juicio a prueba, argumentando que los agravios no evidencian arbitrariedad ni afectación de garantías constitucionales.
Actor: El representante del Ministerio Público de la Acusación Demandado: La resolución del Tribunal de Segunda Instancia, confirmando la suspensión del procedimiento a prueba para G. H. Objeto: La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que concedió la beneficio de suspensión del juicio a prueba, por considerar que vulnera derechos constitucionales y convencionales, y que carece de fundamentación suficiente. Decisión: Se rechazan tanto la revocatoria de la defensa de H. como la queja del Ministerio Público, confirmando la validez de la decisión judicial que concedió la suspensión del juicio a prueba.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios del representante del Ministerio Público de la Acusación no alcanzan a rebatir el núcleo argumental de la decisión atacada que confirmó la concesión de la suspensión de juicio a prueba a H., a quien se le atribuyera la presunta comisión de diversos delitos enmarcados en una problemática de índole familiar. En este aspecto, cabe memorar que la Cámara en la resolución impugnada, consideró que debía analizarse si el fundamento brindado por el Fiscal lucía razonable para oponerse a la suspensión del procedimiento a prueba y, tras ello, entendió que en el presente el instituto referido debía tener favorable acogida, más allá de la cuestión de género invocada.
Ello así pues ponderó las circunstancias particulares que rodeaban el caso, sin soslayar la normativa convencional que debía considerarse a tenor de las partes involucradas -presuntas víctimas-, con especial atención al interés superior del niño -hijo del imputado
- y la posición finalmente asumida por la madre denunciante ante el conflicto originado años atrás, con la conformidad de la abogada del menor.
Asimismo, dio las razones por las que de forma excepcional, no podía considerarse extemporánea la petición de la salida alternativa al juicio, pese a haberse presentado en la primer jornada de la audiencia de debate. A tal fin, consideró que su recepción -no obstante la oposición fiscal
- se justificaba en función de las partes involucradas, el conflicto subyacente, su intento sin éxito con anterioridad y la razonabilidad que debía gobernar toda decisión judicial."
"Por todo ello, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: 1) Rechazar la revocatoria interpuesta por la defensa técnica de H.; 2) Rechazar la queja interpuesta por el representante del Ministerio Público de la Acusación."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: