C., C. D. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL VINCULO
La Cámara de Apelaciones de Rosario confirma la condena de once años de prisión por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo contra C. D. C. La sentencia fue considerada ajustada a Derecho, reiterando la prueba de credibilidad de la víctima y la validez de la prueba de ADN.
- Quién demanda: La Fiscalía de la Provincia de Santa Fe, en representación del Estado, apeló la sentencia que condenó a C. D. C.
¿A quién se demanda?
A C. D. C., condenado por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicitaba la confirmación de la sentencia, rechazo de las alegaciones defensivas, y la valoración de la prueba de ADN y la declaración de la víctima como elementos probatorios contundentes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que la prueba fue suficiente y convincente para acreditar la participación del imputado en el delito, incluyendo el relato de la víctima, los testimonios contextuales y la prueba genético-molecular.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El relato de la menor en Cámara Gesell, su coherencia, la corroboración por familiares y la prueba de ADN con un índice de probabilidad de 99.9999999 % configuran prueba suficiente de la autoría del imputado. La valoración de la prueba realizada por el tribunal de grado fue correcta y ajustada a las reglas de la sana crítica. La prueba genética, avalada por expertos y con margen de error mínimo, confirma la paternidad, siendo este elemento decisivo para la condena." "En relación al agravante por vínculo, la jurisprudencia admite que la prueba de filiación puede acreditarse por medios distintos a las partidas del Registro Civil, como la prueba genética, la declaración del imputado o testigos que acrediten la posesión de estado. En este caso, la prueba documental y testimonial avalan la existencia del vínculo, sin que sea necesaria una partida registral." "Respecto a la pena, la sentencia fue proporcional y fundamentada en las circunstancias del hecho, la gravedad del daño y la vulnerabilidad de la víctima, además de valorar las atenuantes presentadas por la imputada. La reducción solicitada por la defensa al mínimo legal no resulta procedente dado el grado de culpabilidad y las agravantes configuradas."
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