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GRECI HAZZI, MIGUEL ADRIAN -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL GRECI HAZZI, MIGUEL ADRIAN Y OTROS s/ ASOCIACION ILICITA Y OTROS DELITOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechazó la queja contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad en un proceso penal por lavado de activos y asociación ilícita, confirmando la validez del cálculo de la multa y la fundamentación del tribunal de origen en la valoración de la prueba y la legalidad del método de actualización monetaria.

Actualizacion monetaria Recurso de queja Multa Inconstitucionalidad Valoracion de prueba Proceso penal Derechos constitucionales Lavado de activos Denegacion. Corte provincial


- Quién demanda: La defensa de Miguel Adrian Greci Hazzi

¿A quién se demanda?

Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Rosario

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo 64/2023, específicamente en relación a la multa impuesta, por considerar que la actualización y cálculo de la misma violan derechos constitucionales y principios procesales.

¿Qué se resolvió?

La Corte desestimó la queja y confirmó la decisión del tribunal inferior de denegar el recurso de inconstitucionalidad, sosteniendo que la defensa no asumió adecuadamente la carga de refutar los argumentos del tribunal y que los criterios utilizados para la actualización monetaria, incluyendo el uso de moneda extranjera, son razonables y legales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Tribunal de origen ponderó que los valores obtenidos de todos los inmuebles implicados fueron referidos en pesos y determinados a partir de lo declarado por diversos testigos expertos, salvo en torno a los lotes de Puerto Roldán, de los cuales se tuvo en cuenta solo uno de ellos para dosificar la multa por ser el único del que se contaba con información sobre su monto. Entendió la mayoría que el modo en que éste se actualizó -a partir de la cotización del dólar oficial
- era uno de los tantos criterios posibles que no resultaba ilegal o irrazonable." "Asimismo, en la vía extraordinaria, los agravios de la impugnante apuntaron contra la convalidación de la forma en que se calculó la multa a través de moneda extranjera -sobre uno de los lotes
- pero también contra los valores de los otros inmuebles que se tomaron como base de la sanción, reprochando que los mismos fueron actualizados y pretendiendo que se utilicen los montos que surgían al momento de la comisión del hecho." "Finalmente, la Corte concluyó que la recurrente no asumió adecuadamente la carga de la prueba y no logró demostrar que la decisión del tribunal de origen incurriera en arbitrariedad o violación de derechos constitucionales, por lo que correspondía confirmar la decisión de denegar la queja."

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