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ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO c/ MARRERO, PERLA INDIANA s/ DEMANDA ORDINARIA

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe rechazó la apelación de la actora contra la sentencia que rechazó su demanda por incumplimiento en la entrega de mercaderías, confirmando la decisión de la primera instancia y desestimando los agravios por insuficiencia probatoria y formal.

Prueba Carga probatoria Incumplimiento Remitos Facturas Mercaderia Informalidad Santa fe Compras y ventas Norma 894 cccn


- Quién demanda: Asociación Trabajadores del Estado (ATE)

¿A quién se demanda?

Perla Indiana Marrero

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por incumplimiento en la entrega de mercaderías adquiridas en contratos de compraventa, por un monto de $4.069.601.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la apelación, confirmando la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por insuficiencia de prueba y defectos en la fundamentación del reclamo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de grado sostuvo que las facturas de pago y las medidas previas demostraban que la mercadería fue ingresada, y que las testimoniales no aportaron elementos que evidencien incumplimiento en la entrega. La actora no precisó qué mercadería no fue entregada ni cómo llegó a la suma reclamada, limitándose a invocar un incumplimiento general sin detallar la cantidad o tipo de productos faltantes. La carga de probar el incumplimiento recayó en la parte actora, conforme a los artículos 894 y 1155 del CCCN, pero no fue suficiente la prueba ofrecida. La informalidad en la operatoria y la falta de remitos no fueron motivos suficientes para acreditar incumplimiento, dado que la propia parte actora no presentó documentación que demostrara la falta de entrega. La aplicación del artículo 894 CCCN debe armonizarse con normas específicas del contrato de compraventa, que en el caso exigen prueba más concreta de los productos no entregados. La jurisprudencia y la prueba producida indican que la actora no logró acreditar efectivamente el incumplimiento alegado, y la evidencia de la demandada mostró que las entregas no se formalizaban mediante remitos, situación que fue tolerada y admitida por la propia actora. La falta de prueba y la existencia de entregas informales hacen que la demanda sea infundada, y que el recurso de apelación no tenga fundamento suficiente para prosperar. La sentencia de primera instancia debe ser confirmada, imponiendo las costas al recurrente vencido.

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