P., M. E. c/ PROGRAMA FEDERAL INCLUIR SALUD UNIDAD DE GESTION SANTA FE Y OTROS -AMPAROS-HABEAS DATA-LEGAJO DE COPIAS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una resolución que confirmó parcialmente el fallo que ordenó el reintegro de gastos médicos en un caso de discapacidad. La decisión se fundamentó en la insuficiencia de los argumentos para configurar arbitrariedad constitucional.
Actor: La parte actora, en carácter de curadora de su hijo con discapacidad. Demandado: La Provincia de Santa Fe, como unidad de gestión del Programa Federal Incluir Salud. Objeto: El reintegro de gastos por tratamientos médicos y la cobertura integral y en tiempo y forma del tratamiento de salud del menor, en el marco del Programa Incluir Salud. Decisión: La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, ordenando el reintegro de los gastos y confirmando que la interrupción unilateral por parte de la demandada afectaba el derecho a la salud del niño, pero la Corte Suprema rechazó la queja por arbitrariedad y consideró que la decisión del tribunal de grado estaba fundada y motivada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte resaltó que la arbitrariedad es una excepción y que los agravios de la actora no demostraron que la sentencia incurriera en graves errores o violaciones constitucionales, sino que se limitaban a cuestionar la decisión con argumentos insuficientes, además de que la motivación de la sentencia fue suficiente y ajustada a derecho, especialmente en relación con la continuidad del tratamiento y la protección del derecho a la salud. La revisión del tribunal superior concluyó que la resolución no evidenciaba omisión o arbitrariedad manifiesta y que las críticas de la recurrente resultaban insuficientes para justificar el recurso extraordinario.
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