CARABALLO, IVAN ESTEBAN s/ ROBO DOBLEMENTE AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMAS Y POR SER COMETIDO EN LUGAR POBLADO Y EN BANDA s/ APELACION HORIZONTAL - SENTENCIA CONDENA PRISION EFECTIVA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la sentencia condenatoria contra Ivan Esteban Caraballo por robo doblemente agravado, avalando la pena de siete años y seis meses de prisión, considerando las circunstancias agravantes y la gravedad del delito.
¿Quién es el actor?
La Defensora Pública Adjunta del S.P.P.D.P., Dra. María Celia Pasquali, en representación de Iván Esteban Caraballo.
¿A quién se demanda?
La sentencia N° 314 dictada por el Dr. José Luis Suárez en fecha 18.04.2022, que lo condenó por robo agravado.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La absolución del imputado por no acreditarse su participación y/o la reducción de la pena impuesta.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto a la valoración probatoria y la pena, considerando que la agravación de la pena fue debidamente fundamentada por la comisión del hecho en circunstancias agravantes, y que la valoración de la prueba fue correcta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los presupuestos analizados aumentan la cuantificación de la pena, alejándonos del mínimo legal previsto en la especie". La Cámara sostuvo que la valoración de las circunstancias agravantes, como el uso de armas, violencia excesiva, y hechos en banda y en lugar poblado, justifican la pena mayor, y que la defensa no logró presentar argumentos suficientes para modificarla. Además, se resaltó que la decisión se fundamentó en un análisis razonado y motivado, respetando el doble conforme. Se agregó que la defensa se limitó a reiterar argumentos ya considerados y rechazados, sin demostrar errores en la valoración probatoria o en la proporcionalidad de la pena. La gravedad del delito, la violencia ejercida y las circunstancias personales del imputado justifican la pena impuesta, la cual, además, se encuentra bien fundamentada y proporcional.
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