P., S. M. c/ B., P. J. s/ AUTORIZACION PARA VIAJAR AL EXTERIOR
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que autorizó el viaje de menores a Brasil, rechazando los recursos del demandado por vicios procesales y manteniendo la imposición de costas a su cargo, argumentando la falta de oportunidad efectiva de defensa del progenitor en el proceso.
- Quién demanda: La madre, S. M. P.
¿A quién se demanda?
El padre, P. J. B.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Autorización judicial para que los menores viajen a Brasil en febrero de 2018, y costas del proceso.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones rechazó los recursos del demandado y confirmó la sentencia de primera instancia que autorizó el viaje, declarando la validez del procedimiento y la imposición de costas a la parte que dio origen a los vicios procesales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La nulidad del procedimiento por vicios graves que afectaron el derecho de defensa del demandado, en particular la falta de oportunidad para ejercer su derecho de defensa ante la falta de copias de la demanda y la tramitación interna del expediente. Sin embargo, la sentencia no fue anulada porque la cuestión del viaje ya se tornó abstracta, dado que el viaje se realizó. La jurisprudencia citada indica que las sentencias deben ceñirse a la situación existente al momento de dictarse y que la subsistencia de requisitos jurisdiccionales puede ser comprobada de oficio. La nulidad solo afecta la imposición de costas, que deben ser cargadas a la parte que originó el vicio, en este caso la actora, por enviar la primera cédula sin copia del traslado y seguir adelante con el trámite pese a no haber sido oída el demandado. La postura en disidencia señala que la imposición de costas a la parte actora no es correcta, dado que la acción se interpone por la negativa del progenitor a autorizar el viaje, y que el demandado tuvo oportunidad de ejercer su defensa, pese a las irregularidades procesales.
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