CATANEO, SERGIO c/ MUNICIPALIDAD DE RECONQUISTA s/ JUICIO ORDINARIO
La Cámara de Reconquista confirmó la responsabilidad del motociclista por su imprudencia y alcoholismo, y rechazó la responsabilidad de la Municipalidad por señalización deficiente del lomo de burro. La sentencia de primera instancia fue validada por su análisis técnico y probatorio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Sergio Ariel Cataneo, demanda a la Municipalidad de Reconquista por daños derivados de un accidente ocurrido el 6/09/09 al caer de su motocicleta tras impactar contra un lomo de burro en calle Ley 1420, en estado de ebriedad, con un dosaje de 1,65 g/l en sangre. La Municipalidad fue considerada responsable por la correcta señalización del reducto de velocidad, conforme a la normativa municipal vigente, y no se acreditó que la señalización fuera deficiente. La sentencia de primera instancia consideró que la causa del accidente fue la culpa del propio actor, por conducir en estado de ebriedad y a alta velocidad, y que la señalización cumplía con los requisitos legales y técnicas vigentes, además de que las constancias policiales y croquis demostraron que la señalización era adecuada. La Cámara sostuvo que la responsabilidad del municipio por la señalización es objetiva y que no existía incumplimiento de los mandatos jurídicos, basándose en la prueba documental y en la doctrina aplicable, resaltando que la opinión del perito mecánico sobre señalización excedió su competencia. Se concluyó que la culpa del actor, por su ingesta de alcohol y posible exceso de velocidad, fue la causa eficiente del daño, y que la responsabilidad del Estado en este caso no se configuraba por la correcta señalización. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, desestimando los agravios del apelante, y sancionando las costas de segunda instancia a la parte recurrente.
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