ALDIC EMPREND INMOBILIARIA S.R.L. c/ PROVINCIA DE SANTA FE -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja contra la sentencia que confirmó la improcedencia del recurso de inconstitucionalidad en un caso ambiental. La decisión se fundó en que las alegaciones de la actora constituyen meras discrepancias interpretativas y no configuran un apartamiento del derecho a la jurisdicción.
- Quién demanda: Aldic Emprendimientos Inmobiliarios S.R.L.
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que declaró improcedente un recurso contencioso administrativo, cuestionando la interpretación de la normativa ambiental y la prescripción de la acción sancionatoria.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó la queja por entender que las argumentaciones presentadas no constituyen un apartamiento del derecho a la jurisdicción, sino discrepancias en la interpretación de hechos, pruebas y normas, que corresponden a la órbita de los jueces de la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Este Tribunal advierte que las alegaciones de la recurrente remiten a interpretaciones de hechos, pruebas y normas de derecho público local que constituyen la valoración privativa de los jueces de la causa. La revisión por esta Corte en sede de queja está limitada a casos de extrema gravedad o arbitrariedad, que no se verifica en el presente expediente. La jurisprudencia señala que la intervención en decisiones judiciales no puede sustituir a los jueces en sus funciones, sino limitarse a aquellos casos en que exista una desviación manifiesta del derecho." Además, la Corte recordó que la interpretación de la normativa ambiental y la valoración de la prueba por parte del tribunal de origen están sujetas a su control, y que en este caso no se evidencian vicios de arbitrariedad ni violaciones constitucionales.
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