ZAGO, MARCOS EXEQUIEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL ZAGO, MARCOS EXEQUIEL s/ HOMICIDIO CULPOSO-APELACION DEFENSA SENTENCIA CONDENATORIA Y APELACION QUERELLANTE- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (ACLARATORIA)
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la aclaratoria presentada por la defensa de Marcos Zago respecto a una supuesta confusión en la fecha de presentación del recurso de queja. La decisión se fundamentó en que el sistema informático demuestra que el escrito fue ingresado extemporáneamente, por lo que no prosperó la solicitud de corrección del error material.
- Quién demanda: La defensa técnica de Marcos Exequiel Zago
¿A quién se demanda?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de aclaración por error material en la fecha de presentación del recurso de queja, alegando que fue presentado el 22 de noviembre de 2022
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó la aclaratoria, confirmando que el ingreso del escrito fue efectivamente el 10 de julio de 2023, y que la presentación fue extemporánea
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se adelanta que el remedio intentado no puede prosperar. Sabido es que la finalidad del recurso de aclaratoria es lograr que se corrija un error material, se aclare algún concepto oscuro o subsane una omisión (artículo 248, Código Procesal Civil y Comercial) (cfr. A. y S. T. 98, pág. 442, entre otros); sin que se advierta en el pronunciamiento cuestionado la concurrencia de alguno de estos supuestos." "De acuerdo a la ley 25506, la firma digital cumple las mismas exigencias que la firma manuscrita de los documentos en papel, garantizando la autenticidad, integridad y validez jurídica del documento firmado digitalmente." "Se evidencia del sistema informático SISFE que el ingreso del escrito se efectuó el día 10 de julio del 2023 (según cargo N° 2918 de f. 9), resultando el mismo extemporáneo, tal como esta Corte refirió en la resolución registrada en A. y S. N° 289, Año 2024."
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