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F., R. D. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL F., R. D. s/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE-3 HECHOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Provincial denegó el recurso extraordinario contra la denegación de inconstitucionalidad en un caso de abuso sexual, confirmando la decisión en base a la falta de argumentos suficientes y la correcta interpretación de los hechos y normas constitucionales aplicadas por la Cámara de Primera Instancia.

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- Quién demanda: La defensa del imputado F. D. R.

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (en instancia de revisión del fallo de la Cámara de Apelaciones).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario federal por supuesta vulneración del derecho a ser juzgado en un plazo razonable, alegando violaciones constitucionales.

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial denegó el recurso, considerando que el memorial no cumplía con los requisitos formales y que los agravios eran reiterativos y no demostraban arbitrariedad o lesión constitucional. La fundamentación principal fue que la sentencia atacada abordó adecuadamente los planteos, y que la duración del proceso no constituía una afectación desproporcionada de la garantía constitucional. Además, se concluyó que los agravios no presentaban entidad suficiente para justificar la intervención de esta Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, la impugnante omite encabezar su escrito mediante una carátula con las formalidades prescriptas, no efectúa una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando debidamente todos y cada uno de los fundamentos independientes que dan sustento a la resolución apelada en relación con las cuestiones federales planteadas, ni demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho invocado por la apelante con fundamento en aquéllas. Asimismo, se afirmó que la sentencia impugnada abordó los planteos en forma fundada y que la duración del proceso, considerando los hechos y fechas, no evidenció una afectación constitucional que amerite la intervención de esta Corte." "Los agravios no presentaban entidad suficiente como para abrir esa instancia excepcional local, correspondiendo, en consecuencia, la desestimación de la queja interpuesta."
- Se añadió que los planteos reiterados no lograban desvirtuar la fundamentación de la resolución atacada y que la misma contenía razones jurídicas suficientes para sostener su decisión.

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