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RODRIGO, FRANCO RAUL c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE -AMPARO Y CAUTELAR- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo que confirmó la apelación de la Provincia de Santa Fe en un amparo laboral. La decisión se fundamentó en que el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad y que las críticas del actor son meramente discrepancias con la argumentación judicial.

Causalidad Recurso de queja Inconstitucionalidad Inadmisibilidad Derechos constitucionales Fundamentacion Via judicial Santa fe Amparo laboral Ley 7055

Actor: Franco Raúl Rodrigo Demandado: Gobierno de la Provincia de Santa Fe Objeto: Nulidad del acuerdo que confirmó la recurso de apelación de la Provincia, que revocó una sentencia de primera instancia y ordenó el pago de salarios adeudados y la cesantía Decisión: La Corte rechazó la queja por considerarla inadmisible, confirmando la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad por parte del Tribunal de origen

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte recordó que, según el precedente "Bacchetta", la parte debe acreditar que la vía constitucional es la más adecuada y que la decisión atacada vulnera derechos constitucionales en forma arbitraria o violatoria del debido proceso, requisitos que no fueron demostrados por el actor. La Sala Tercera de la Cámara de Rosario consideró que el actor no explicó ni acreditó por qué el amparo era la vía más idónea, argumentando que existen otras vías judiciales o administrativas eficaces y que no se agotó la instancia administrativa previa, por lo que la acción de amparo no era adecuada. La Corte concluyó que las críticas del recurrente son meramente de discrepancia con la valoración judicial, sin demostrar conexión constitucional ni vulneración de garantías constitucionales, y que la fundamentación del fallo atacado fue suficiente. Además, se verificó que la decisión del Tribunal de alzada estuvo debidamente motivada y que la conformación de la Sala fue correcta, descartando defectos en la fundamentación o en la integración del tribunal. La queja en relación a las costas tampoco prosperó, pues se presentó como una simple repercusión de las críticas al resultado. La Corte afirmó que no basta con invocar causales de arbitrariedad o vulneración de derechos sin demostrar su vinculación con las constancias del expediente y su incidencia en la decisión.
- La Corte resolvió: Rechazar la queja interpuesta.

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