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LARGEAUD, SEBASTIAN DAVID c/ PROVINCIA ART S.A. -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)

La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que rechazó una demanda por enfermedad profesional. La resolución fue anulada por considerar que la motivación de la sentencia era insuficiente y no valoró adecuadamente las constancias del expediente.

Pericia medica Nexo causal Riesgos del trabajo Valoracion probatoria Enfermedad profesional Responsabilidad del empleador Omision de prueba Sentencia arbitraria Recurso de inconstitucionalidad Jurisprudencia laboral


- Quién demanda: Sebastian David Largeaud

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por enfermedad profesional derivada de tareas de mecánico-electricista, alegando que la actividad laboral agravó su patología de cervicalgia y braquialgia, y que la aseguradora no tomó medidas preventivas.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad y anuló la sentencia que rechazó la demanda, ordenando remitir los autos para nuevo juicio, por considerarse que la sentencia impugnada omitió valorar adecuadamente la relación causal y las constancias probatorias, en particular la pericia médica y las condiciones laborales del actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión impugnada careció de la fundamentación suficiente para sostener que la patología del actor tenía origen degenerativo y no guardaba relación con las tareas desempeñadas, omitiendo analizar la evidencia en su conjunto, incluyendo la pericia médica que señalaba que la actividad laboral actuó como factor agravante. Además, no se valoró la omisión de prueba del examen preocupacional, que podría haber sido decisiva para establecer el nexo causal. La jurisprudencia exige que las sentencias fundamenten adecuadamente la decisión en relación con los hechos y las constancias del expediente, lo cual no ocurrió en este caso." "Las sentencias que omiten considerar cuestiones decisivas propuestas, sin justificar debidamente su decisión, resultan carentes de la fundamentación exigida para la validez del acto jurisdiccional." "Por ello, corresponde anular la resolución y remitir los autos para un nuevo pronunciamiento." En disidencia, el Ministro Gutiérrez sostuvo que la sentencia no era arbitraria ni carente de justificación, y que el recurso de inconstitucionalidad debía ser rechazado, ya que la valoración de los hechos y las pruebas era competencia del tribunal de origen.

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