DUTRUEL, DANIEL EDUARDO c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 de Santa Fe resolvió declarar procedente en parte el recurso del actor y anular los actos administrativos en cuanto fueron materia de impugnación, condenando a la Provincia a pagar las diferencias previsionales con intereses, por entender que la reducción aplicada fue ilegítima, y que el reajuste debe ser en porcentaje equivalente a la variación en las remuneraciones del personal activo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Daniel Eduardo Dutruel, demanda contra la Provincia de Santa Fe para que se reajusten sus haberes previsionales, alegando que estos no guardan relación equitativa con sus sueldos en actividad y que la reducción del 20% aplicada por la caja previsional fue ilegítima. Fundamenta su petición en principios constitucionales, derechos fundamentales, y la ley 12.464, que exige un reajuste en porcentaje "equivalente" a la variación salarial. La demandada sostiene que el sistema de reajuste se basa en coeficientes sectoriales fijados por el Poder Ejecutivo, y que la ley no obliga a un traslado automático y matemático de las variaciones de sueldo a los haberes previsionales, sino que este se realiza mediante coeficientes sectoriales que, si producen desproporciones, pueden ser limitados. La Cámara analiza la legislación y jurisprudencia provincial y nacional, concluyendo que no corresponde calcular el haber en un porcentaje fijo del sueldo como el 86%, sino que el reajuste debe hacerse en porcentaje "equivalente" a la variación salarial del personal activo, considerando la doctrina judicial y constitucional. La resolución 996/19, que aplicó una reducción del 20%, fue considerada ilegítima, y se ordenó la liquidación de diferencias desde el 11.7.2012, con intereses desde el reclamo en 2014, a tasa pasiva promedio del Banco Central. La Cámara también dispuso diferir costas y honorarios hasta la liquidación definitiva.
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