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KAIPL, ANDRES FEDERICO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL KAIPL, ANDRES FEDERICO s/ INCIDENTE RECUSACION JUEZA DRA. MINNITI RECHAZADO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA PARCIALMENTE ADMITIDA)

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que sancionó al abogado y estableció costas solidarias, anulando parcialmente dichas decisiones y ordenando que se juzgue nuevamente el caso. La decisión se fundamenta en que las sanciones y costas fueron aplicadas en forma arbitraria y fuera del marco legal vigente.

Arbitrariedad Nulidad Inconstitucionalidad Recusacion Garantias constitucionales Recursos judiciales Sanciones procesales Derecho a la defensa Costas solidarias Tribunal superior santa fe.

Actor: Defensa del imputado Andrés Federico Kaipl y/o el abogado Gustavo Gabriel Abraham. Demandado: Magistrada Dra. Celeste Minniti y la resolución del Tribunal de Alzada. Objeto: La inconstitucionalidad de la sanción de 5 días multa, la imposición solidaria de costas al letrado y al imputado, y la comunicación al Colegio de Abogados, por considerarlas arbitrarias, ilegítimas y en violación del derecho a la defensa y a un proceso con garantías constitucionales. Decisión: La Corte Suprema declaró procedente el recurso, anuló parcialmente las decisiones cuestionadas y ordenó remitir los autos para que se juzgue nuevamente la causa, ajustándose a las pautas del fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 79 del Código Procesal Penal establece que 'cuando la recusación fuera desestimada, además de la condena al pago de las costas del incidente, al recusante podrá aplicársele sanción de hasta quince días multa si aquélla fuera calificada de maliciosa, de la cual responderán solidariamente la parte y su letrado'. La hermenéutica efectuada por la autoridad de alzada, al aplicar la sanción al letrado en lugar del recusante, excedió sus posibilidades exegéticas sin fundamentación suficiente, configurando arbitrariedad. Además, la imposición de costas solidarias no encuentra respaldo en la norma, que solo regula la solidaridad en la sanción, no en las costas, por lo que dichas decisiones también deben ser invalidadas." Votos relevantes: Los ministros Erbetta, Falistocco, Gastaldi, Gutiérrez y Spuler votaron en forma unánime por la declaración de procedencia del recurso, la anulación parcial de la resolución impugnada y la remisión del caso para un nuevo juzgamiento. Disidencias relevantes no se registran.

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