REPARTOSYA S.A. c/ MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL -SENTENCIA CONTRA DECISIONES ADMINISTRATIVAS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechaza la queja contra la sentencia que confirmó sanciones laborales a RepartosYa por incumplimiento de registración laboral, argumentando que la impugnación no demuestra vicios constitucionales ni gravedad institucional.
Actor: RepartosYa S.A. Demandado: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y en instancia judicial, la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe. Objeto: Impugnar la sanción administrativa y la multa por falta de registración laboral de los empleados Vanni y García, y cuestionar la validez del vínculo laboral declarado por la autoridad administrativa. Decisión: La Corte Suprema rechaza la queja y confirma la decisión de la Cámara de Apelación, argumentando que la impugnante no logra demostrar vicios constitucionales ni arbitrariedad en la resolución, ni configurar gravedad institucional que justifique la intervención extraordinaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La impugnante no logra quebrar el eje del razonamiento judicial, en tanto se limita a insistir con la existencia de un contrato de locación de servicios entre las partes, pero sin convencer que el decisorio presente vicios que lo descalifiquen como acto jurisdiccional válido en los términos del artículo 95 de la Constitución provincial. Es que las invocaciones de la recurrente respecto al plexo normativo que habría sido soslayado y cómo una ponderación adecuada de las particularidades de la actividad hubieran determinado otra solución para el sub iudice no alcanzan a demostrar que haya cumplimentado su carga de desvirtuar la presunción de laboralidad que la Sala consideró aplicable en el caso en concreto en base a las motivaciones dadas. Tampoco han de prosperar los achaques vinculados al postulado exceso en el poder de policía al aplicar la sanción, dado que los mismos resultan carentes de virtualidad en esta instancia para descalificar lo decidido por la Sala. Finalmente, no se advierte que lo resuelto trascienda el interés particular de las partes, pues no se configura en autos un supuesto de gravedad institucional. La Corte concluye que la impugnante no logra acreditar la existencia de vicios constitucionales ni arbitrariedad que habiliten la intervención de esta Corte, por lo que resuelve: Rechazar la queja interpuesta."
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