SILVA, ALDO HECTOR -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL SILVA, ALDO HECTOR s/ HOMICIDIO DOLOSO SIMPLE-HABEAS CORPUS CORRECTIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Superior de Santa Fe desestima la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de Aldo Héctor Silva tras la revocación de la resolución de primera instancia que ordenaba su internación en la Colonia Psiquiátrica de Oliveros. La causa quedó extinguida por la operación de sobreseimiento y remisión a la justicia civil.
- Quién demanda: Defensa de Aldo Héctor Silva
¿A quién se demanda?
Tribunal de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctor Orso
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad de la resolución que revocó la autoimposición de la internación del imputado y ordenó su remisión a la justicia civil, alegando vulneración de derechos constitucionales y principios legales.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe desestimó la queja, confirmando que la cuestión jurídica había quedado sin interés actual por la realización de la audiencia de apelación y la remisión del caso a la justicia civil, operando la extinción del objeto litigioso. La causa fue declarada extinguida por la sustracción de la materia y se dispuso la devolución de las actuaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho a la jurisdicción no importa sino la posibilidad de ocurrir ante algún Tribunal y obtener de él una sentencia útil relativa a los derechos de los litigantes, doctrina coherente con la reiterada jurisprudencia según la cual es de la esencia del Poder Judicial decidir colisiones efectivas de derechos y no efectuar declaraciones generales o abstractas" (Fallos:310:937). "La cuestión aquí debatida ha perdido interés jurídico actual, demostrando, en consecuencia, la inoficiosidad del dictado de una sentencia de mérito al haberse dispuesto la suspensión de la persecución penal y remisión a la Justicia Civil" (considerando 5). La resolución del recurso de apelación horizontal, que revocó la decisión de primera instancia y ordenó la internación en un efector público con custodia, ha sido formalmente confirmada, operando la extinción del objeto litigioso por la operación de sobreseimiento y remisión, lo que impide pronunciamiento ulterior. "No corresponde sino declarar que se ha operado en el presente caso la sustracción de la materia litigiosa, impidiendo un pronunciamiento en otro sentido" (considerando 5). La decisión fue en línea con la jurisprudencia que sostiene que la desaparición del interés actual en el objeto litigioso implica la extinción del proceso. En consecuencia, la Corte desestimó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad y dispuso el archivo de las actuaciones.
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