LUCERO, CARLOS EMANUEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL LUCERO, CARLOS EMANUEL s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR SER COMETIDO CON ALEVOSIA Y ENSAÑAMIENTO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad presentado contra una decisión judicial en un proceso penal, argumentando que la sentencia definitiva en la causa disipó los agravios y convirtió en inoficioso el análisis del recurso por falta de interés actual.
- Quién demanda: Fiscal a cargo de la Unidad Fiscal del Distrito Judicial N° 9
¿A quién se demanda?
Juez del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de la Tercera Circunscripción, doctor Orso
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad contra la valoración de la admisibilidad de prueba vinculada a DVDs con conversaciones entre el imputado y un tercero, que fue parcialmente aceptada por el tribunal de grado.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso por sustracción de la materia litigiosa, dado que tras la sentencia condenatoria en la causa y la realización del juicio oral, los agravios respecto a la fase previa han quedado disipados, y el interés actual del litigio desapareció.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El pronunciamiento atacado consiste en la decisión del Juez de Cámara en relación a la admisibilidad de prueba ofrecida por la Acusación... del sistema informático de la Oficina de Gestión surge que se efectivizó el debate correspondiente y luego se emitió sentencia condenatoria respecto a Carlos Emanuel Lucero por el delito de homicidio agravado a la pena de prisión perpetua... las cuestiones que motivaron la interposición del presente recurso extraordinario carecen de interés actual... no puede soslayarse que al haber recaído sentencia en orden a los hechos investigados y tras la realización de un juicio oral y público, se han disipado los agravios de la Acusación contra lo resuelto en la etapa preliminar en vinculación a la admisibilidad de la prueba ofrecida por su parte, tornándose, por tanto, inoficioso el dictado de una resolución de mérito." "Correspondía, por tanto, declarar que se ha operado en el presente caso la sustracción de la materia litigiosa, impidiendo a la Corte pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso por falta de agravio actual." Votos en disidencia: No se expresaron, la mayoría resolvió la inadmisibilidad.
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