Logo

SCHNEIDER, MARIA ESTER c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe declaró la inadmisibilidad y procedencia del rechazo del recurso de María Ester Schneider contra la decisión administrativa de no reconocer su título de diplomatura por carecer de reconocimiento oficial y validez nacional al momento de la convocatoria. La sentencia fundamenta que en el momento de la evaluación, el título no contaba con reconocimiento oficial, en cumplimiento de la normativa vigente, y que la actividad administrativa fue legítima en aplicar las reglas establecidas. La Cámara también destaca que la decisión administrativa no resulta ilegítima, dado que la carrera y el título no estaban reconocidos oficialmente en la fecha de actuación del acto administrativo, y que la presentación posterior del título no altera esa condición. Además, se advierte que la jurisprudencia y normativa aplicables sostienen la necesidad de reconocimiento oficial previo para la validez del título en concursos públicos, y que la actora no acreditó la validez en tiempo y forma. La resolución también impone las costas en el orden causado y difiere la regulación de honorarios hasta la estimación de gastos procesales.

Recurso de apelacion Concurso docente Validez nacional Titulo de posgrado Fallo judicial Legitimidad administrativa Recurso contencioso administrativo Santa fe Normativa educativa Reconocimiento oficial

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, María Ester Schneider, promovió recurso contencioso administrativo contra la Provincia de Santa Fe, solicitando el reconocimiento del puntaje correspondiente al título de Diplomatura Superior en Desarrollo Local y Economía Social dictada por la FLACSO, con el fin de modificar su posición en un concurso para cubrir suplencias en el año 2012.
- La demandada, Provincia de Santa Fe, argumentó que la actividad administrativa fue legítima y que, en el momento de la evaluación, el título no contaba con reconocimiento oficial y validez nacional, conforme a las normativas nacionales y provinciales vigentes.
- La Cámara analizó el marco normativo, considerando que la carrera y el título en cuestión no tenían reconocimiento oficial ni validez nacional en la fecha del acto administrativo de evaluación, dado que la certificación de reconocimiento oficial fue otorgada en 2015.
- La sentencia concluye que la actividad administrativa se ajustó a la normativa aplicable, y que la decisión de no considerar el título en esa instancia fue legítima, por lo que el recurso debe ser rechazado.
- Se señala que la presentación del título posteriormente no modifica esa situación, y que además, la jurisprudencia y la normativa vigente respaldan la necesidad de reconocimiento oficial previo para la validez del título en concursos públicos.
- Se imponen las costas en el orden causado y se difiere la regulación de honorarios hasta la estimación de gastos.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar