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SPORTIVO ATLETICO CLUB Y JUVENTUD c/ SILVA, NICOLAS ALEXIS Y OTROS -SENTENCIAS JUICIOS ORDINARIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechazó la queja del Club Boca Unidos contra la sentencia que condenó a pagar $2.000.000 por incumplimiento en transferencia de derechos federativos de jugador. La decisión sostiene que la sentencia está fundada en normativa y prueba suficiente.

Inconstitucionalidad Competencia jurisdiccional Derechos federativos Competencia del tribunal Contrato de transferencia Jurisprudencia deportiva Transferencias de jugadores Normativa fifa y afa Derecho deportivo Reglamento de transferencias


- Quién demanda: Sportivo Atlético Club y Juventud (como actores)

¿A quién se demanda?

Nicolás Alexis Silva, Club Boca Unidos de Corrientes y Liga Correntina de Fútbol

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización de $2.000.000 por incumplimiento en transferencia de derechos federativos del jugador Silva, con intereses desde el 09.08.2014

¿Qué se resolvió?

La Corte rechazó la queja del Club Boca Unidos contra la sentencia que condenó a pagar la indemnización, confirmando la fundamentación de la sentencia y que la transferencia fue válida, basada en la prueba documental y en las normas de transferencias del fútbol.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Sala analizó la prueba documental, incluyendo contrato de transferencia, convenio suscripto y registros en la AFA, concluyendo que Sportivo era el titular del 100% de los derechos federativos. La interpretación del vínculo como amateur fue correcta, ya que la norma del artículo 11.2 del C.C.T. 557/09 establece el límite de los 21 años para el pase condicional, y no se acreditó que Silva fuera un jugador profesional en el momento. La existencia de un convenio privado y la registración en AFA respaldaron la validez de la transferencia, y la conducta de la Liga Correntina al habilitar a Silva sin seguir el procedimiento reglamentario se consideró ilícita." "El recurso de inconstitucionalidad fue rechazado porque las alegaciones de violación constitucional no lograron acreditar arbitrariedad ni vulneración de garantías constitucionales, y las decisiones judiciales fueron fundamentadas y razonables en base a la normativa aplicable y las constancias del expediente."

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